Constitución

1. El nombre de la Asociación es "Long COVID Physio".

 

2. El objetivo principal de la Asociación es:

 

(a) proporcionar apoyo entre pares para fisioterapeutas, trabajadores de apoyo y otros profesionales sanitarios aliados (AHP) que viven con COVID persistente.

 

3. Los objetivos secundarios de la Asociación son:

 

(b) proporcionar y participar en educación en COVID persistente.

 

(c) proporcionar la participación del paciente y del público (PPI) en investigaciónparticipar en el establecimiento de las agendas de investigación y participar en los resultados de la investigación.

 

(d) proporcionar a la comunidad defensa de los derechos en COVID persistente a partir de las voces de los fisioterapeutas que viven con y están afectados por COVID persistente.

 

(e) participar en actividades regionales, nacionales e internacionales política en COVID persistente

 

(f) participar en la aplicación regional, nacional e internacional de modelos sanitarios para la rehabilitación de COVID persistente.

 

4. Entre los miembros de la Asociación se encuentran fisioterapeutas, trabajadores de apoyo y otros profesionales sanitarios que viven con COVID persistente, además de fisioterapeutas que no viven con COVID persistente y que apoyan y participan en los objetivos de la Asociación.

 

5. No hay cuotas de afiliación a la Asociación.

 

6. La afiliación a la Asociación se aplica automáticamente a los miembros que viven con COVID persistente y que se unen al grupo de apoyo de pares de Long COVID Physio en Facebook. Los fisioterapeutas que no vivan con COVID persistente y que apoyen y participen en los objetivos de la Asociación serán invitados a formar parte de la misma por la junta directiva.

 

7. Los fisioterapeutas que no vivan con COVID persistente y que apoyen y participen en los objetivos de la Asociación, pueden unirse a la misma por invitación de la junta directiva de la Asociación.

 

8. La afiliación cesa automáticamente cuando los miembros abandonan el grupo de apoyo a los compañeros en Facebook Long COVID Physio, dejan de asistir y participar en las actividades, o cuando los miembros han hecho algo que va en contra de los objetivos de la Asociación.

 

9. La Asociación está comprometida con la equidad, la diversidad y la pertenencia. La junta ejecutiva tendrá funciones dedicadas a la equidad, la diversidad y la pertenencia, además de miembros ejecutivos abiertos, en demostración de nuestro compromiso y determinación por la inclusión. Todos los puestos de la junta ejecutiva también pueden ser compartidos por más de una persona, para apoyar la participación de los miembros y adaptarse a la discapacidad episódica y a los desafíos de salud fluctuantes.

 

10. Una junta ejecutiva elegida defenderá los objetivos de la Asociación. Los cargos de la junta ejecutiva pueden ser ocupados por un solo miembro o ser compartidos entre los miembros. Los cargos son flexibles en función de la salud, la enfermedad y la discapacidad. Los cargos pueden ser ocupados por una duración de hasta 2 años. Se anima a los aliados a compartir los puestos con una persona que viva con COVID persistente. En todos los puestos debe haber un mínimo de una persona que viva con COVID persistente elegida. No hay límite en el número de veces consecutivas que se puede ocupar un cargo electo si es elegido por los miembros.

 

11. La junta ejecutiva se compone de los siguientes cargos:

 

(a) Presidente: La función del Presidente es proporcionar liderazgo al consejo ejecutivo y garantizar que éste sea eficaz en su tarea de establecer y aplicar los objetivos, la dirección y la estrategia de la Asociación. El Presidente será el principal representante de la Asociación, determinará la composición y la estructura de la junta directiva, planificará y coordinará las reuniones de la junta, supervisará la comunicación efectiva dentro de la junta y garantizará la comunicación efectiva con las principales partes interesadas. El Presidente será el responsable general de la comunicación de la Asociación y de las redes sociales.


(b) Vicepresidente: La función del Vicepresidente es actuar como suplente del Presidente de la Asociación. El Vicepresidente desarrollará la supervisión estratégica de la Asociación junto con el Presidente y la Junta Directiva. El Vicepresidente conocerá y comprenderá las funciones y responsabilidades del Presidente y actuará como suplente en ausencia del Presidente. El Vicepresidente tratará de promover los mejores intereses de la Asociación y actuará como embajador clave.


(c) Secretario: La función del Secretario es actuar como principal oficina de información y registro de la Asociación. El Secretario organizará y conservará las actas de todas las reuniones, mantendrá los registros de las acciones y coordinará las listas de miembros. El Secretario también conservará copias de la correspondencia de las partes interesadas. El Secretario apoyará al Presidente en la coordinación de los nombramientos de la Junta Directiva.

 

(d) Director de apoyo a los compañeros El papel del Director de Apoyo entre Pares es mantener el apoyo entre pares, el objetivo principal y fundador de la Asociación. El Director de Apoyo entre Pares dará la bienvenida a todos los nuevos miembros, proporcionará canales directos de comunicación y resolución de conflictos para los miembros, además de organizar y dirigir las reuniones de apoyo entre pares con zoom en línea. El Director de Apoyo entre Pares se basará en su propia experiencia vivida para proporcionar un auténtico compromiso y apoyo. El Director de Apoyo entre Pares trabajará con el Director de Comunicación y Medios Sociales en la gestión del grupo de apoyo entre pares de Facebook y cualquier otro modelo futuro de apoyo entre pares.

 

(e) Director de Investigación: La función del Director de Investigación es facilitar la participación de los miembros de la IPP en la investigación a nivel nacional e internacional. El Director de Investigación también apoyará la participación de los miembros en la dirección de las agendas de investigación y en la participación como co-investigadores de la comunidad. El Director de Investigación también trabajará con las redes internacionales para traducir los conocimientos y aprovechar las redes de investigación existentes con el fin de proporcionar desarrollos fundacionales para la investigación en rehabilitación COVID persistente. 

 

(f) Director de Educación: La función del Director de Educación es facilitar los resultados educativos de la Asociación a través de podcasts, seminarios web, instituciones de educación superior y la colaboración con las principales partes interesadas. El Director de Educación determinará la eficacia de los métodos educativos y la red para construir y mantener relaciones profesionales con los miembros y las partes interesadas.

 

(g) Director de Defensa de los Derechos: La función del Director de Defensa de los Derechos es dar voz a la población representada por los miembros de la Asociación. El Director de Defensa de los Derechos abogará por programas de rehabilitación seguros y eficaces, y por que las personas que viven con y están afectadas por COVID persistenteten gan una mayor participación y un compromiso significativo en todas las respuestas a la pandemia de COVID-19. El Director de Defensa de los Derechos colaborará con el Presidente en la comunicación efectiva con las principales partes interesadas.

 

(h) Director de Equidad, Diversidad y Pertenencia: La función del Director de Equidad, Diversidad y Pertenencia será liderar y acelerar el ritmo y el cambio de la equidad, la diversidad y la pertenencia dentro de la Asociación para todos los miembros, más allá de la Asociación con las partes interesadas, y más allá de las comunidades de personas que viven con COVID persistente. El Director de Equidad, Diversidad y Pertenencia proporcionará formación, asesoramiento y apoyo a la junta directiva y a los miembros de la Asociación, y evaluará los objetivos existentes de la Asociación. 

 

(i) Director de AHP: La función del Director de las profesiones sanitarias aliadas (AHP) consistirá en coordinar y apoyar la inclusión de los AHP en la Asociación para los miembros que no sean fisioterapeutas. El director de AHP establecerá una red con los profesionales y las asociaciones profesionales de otros AHP, proporcionando un espacio y una voz para la colaboración interprofesional de AHP en COVID persistente apoyo entre pares, educación, investigación y defensa.

 

(j) Director de Discapacidad y Rehabilitación: La función del Director de Discapacidad y Rehabilitación es centrar y elevar la inclusión de la discapacidad (incluida la discapacidad episódica) en todas las actividades de la Asociación y, más ampliamente, abogar por la inclusión de la discapacidad en todas las respuestas a la pandemia de COVID-19. El Director de Discapacidad y Rehabilitación apoyará al Director de Promoción en la defensa de programas de rehabilitación seguros y eficaces.

 

(k) Director de Comunicación y Medios Sociales: La función del Director de Comunicación y Medios Sociales será coordinar y hacer avanzar la estrategia de comunicación y medios sociales de la asociación. Los medios sociales incluyen las cuentas de cara al público (Twitter, página de Facebook, Instagram). Las comunicaciones incluyen el sitio web y las estrategias de comunicación con las principales partes interesadas. El Director de Comunicación y Medios Sociales trabajará con el Director de Defensa de los Derechos y el Presidente en la comunicación efectiva con las principales partes interesadas. El Director de Comunicación y Medios Sociales trabajará con el Director de Apoyo a los Pares en la coordinación de los canales de apoyo a los pares.

 

(l) Miembros abiertos del Ejecutivo: El papel de los miembros ejecutivos abiertos es para un máximo de 4 miembros con discapacidades episódicas y desafíos de salud fluctuantes, para representar colectivamente una gama diversa de temas relevantes para los miembros de la Asociación. La función es flexible, sin compromisos de tiempo o función, y cuenta con el apoyo de todos los miembros de la junta ejecutiva.

 

12. Se celebrará una asamblea general anual (AGM) en noviembre de cada año, coincidiendo con la creación de la asociación en noviembre de 2020. La AGM informará a los miembros del trabajo, los objetivos y las intenciones de la asociación. La JGA será una oportunidad para que los miembros participen en la celebración de los logros de la Asociación. La AGM será el lugar para las elecciones de la junta directiva. Las elecciones se aprobarán por mayoría. El quórum es del 30% de los miembros, siendo el número mínimo de miembros que se requiere para asistir a la elección de la junta ejecutiva, y votar sobre decisiones como el cambio de la constitución. La fecha, la hora y el lugar de la asamblea general se notificarán a los miembros a través de los canales de medios sociales de la Asociación, con 4 semanas de antelación. El tiempo máximo entre asambleas generales es de 15 meses. Los miembros pueden presentar temas de debate hasta 24 horas antes de la JGA. Los nombramientos de la Junta Directiva se realizarán a través del Secretario.

 

13. Las reuniones de la junta ejecutiva se celebrarán cada dos meses por Zoom.

 

14. Las reuniones generales para la participación de todos los miembros tendrán lugar anualmente, 6 meses después de la AGM. En las reuniones generales se pueden votar las decisiones y actualizar a los miembros sobre las acciones.

 

15. Se pueden convocar asambleas generales extraordinarias para asuntos urgentes de interés, como la modificación de los estatutos, la junta directiva, los objetivos de la Asociación o la difusión de información vital. Los miembros serán notificados con 1 semana de antelación a través de los canales de las redes sociales.

 

16. Los cambios en los estatutos requieren la votación de los miembros en la AGM o en la asamblea general extraordinaria. Como en todas las votaciones y elecciones, se aprueba por mayoría, con un quórum del 30% de los miembros.

 

17. La disolución de la Asociación puede ser convocada por petición unánime de la junta directiva, y requiere el voto de los miembros en la asamblea general o en la asamblea general extraordinaria.


18. La Asociación es una organización voluntaria y sin ánimo de lucro y no una empresa privada. La Asociación no se rige por el lucro, sino por la dedicación a los objetivos, valores y principios de la Asociación. Todos y cada uno de los ingresos más allá de lo necesario para el funcionamiento de la Asociación, se destinarán a los objetivos, valores y principios de la misma.


19. Los valores y principios de la Asociación incluyen: la colaboración, la asociación, los enfoques basados en la evidencia, la no discriminación, la inclusión y la participación significativa de las comunidades que viven con y están afectadas por COVID persistente.


Esta constitución fue publicada por primera vez el 17 de junio de 2021 y modificada el 6 de marzo de 2022 con la introducción de los puntos 18 y 19.

 

Fecha de la última revisión: 6 de marzo de 2022